Silvia Núñez Esquer
Hermosillo, Sonora | 4 de mayo del 2023
BO Ley 181, del Instituto Sonorense de las Mujeres, 4 de mayo de 2017 |
Un instituto ausente de las causas que afectan a las mujeres, separado de las organizaciones de la sociedad civil, con actividades marcadas desde el poder Ejecutivo, invisibilizado, así llega el Instituto Sonorense de las Mujeres al sexto aniversario de la Ley que le da vida.
No obstante haber nacido en octubre de 1998 por decreto del ex gobernador de Sonora Armando López Nogales, desde el 4 de mayo de 2017, la instancia de las mujeres obtuvo certeza jurídica al publicarse y entrar en vigencia la Ley 181, del Instituto Sonorense de las Mujeres.
En el primer decreto se definía al ISM de la siguiente manera:
“ARTICULO 1o.- Se crea el Instituto Sonorense de la Mujer, como organismo público descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con domicilio en la ciudad de Hermosillo, Sonora.”
Al aprobarse la Ley 181 el ISM modificó sustancialmente su estructura y particularmente sus órganos de gobierno, así como sus órganos auxiliares.
Ya creado por Ley, su objeto se definió así:
“ARTÍCULO 6.- El Instituto tendrá por objeto establecer las políticas y acciones que propicien y faciliten la plena incorporación de las mujeres en la vida económica, política, cultural y social, alentando su participación en todos los niveles y ámbitos de decisión competentes, y promoviendo ante las dependencias y entidades de las administraciones públicas estatal y municipales los mecanismos necesarios para la transversalización en la políticas públicas con perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres, a partir de la ejecución de programas y acciones coordinadas o conjuntas”.
Sin alguna evaluación de los seis primeros años de implementación de la Ley 181, el ISM opera inercialmente con las actividades y programas mínimos, en su mayoría emanados de la estrategia federal de igualdad y de la política nacional para combatir la violencia contra las mujeres.
Siendo la Secretaría ejecutiva de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, AVGM, declarada para seis municipios de Sonora, desde agosto de 2021, la instancia que hoy cumple seis años operando respaldada por su propia Ley, permanece con un bajo perfil, con informes que no se socializan entre las organizaciones, y atrasada en el cumplimiento de la mayoría de las medidas que, al ser una declaratoria formal, son obligatorias de cumplir.
Debido a esa política de contención como instancia con dinámica propia, e hiper alineación a la Secretría de Gobierno -de donde depende- logran un instituto con muy poca apropiación por parte de las mujeres, así como de las organizaciones.
Parecería que la política estatal de igualdad y la política para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres son ajenas al Instituto Sonorense de las Mujeres, y en cambio, destacan en esos rubros, las Secretarías de Seguridad Pública y la Secretaría de Desarrollo Social de Sonora.
Esto es porque en forma constante nos están presentando sus programas propios, con la perspectiva de género en el centro.
Algunos inspirados en programas que se han implementado en otros estados, pero otros de creación propia, lo que le imprime un mérito extra de proactividad.
Por otra parte, conmemoran las fechas emblemáticas para las mujeres con actos que buscan visibilizar la inequidad y desigualdad todavía presente entre mujeres y hombres.
Iluminan edificios con colores que identifican las fechas importantes para las luchas de las mujeres. Presentan informes de avances de sus programas creados para las mujeres. En ese contexto, el ISM se percibe ajeno a lo que debería ser su objetivo sustancial.
A seis años de la Ley del ISM, sus órganos de gobierno han cambiado. Mientras en el primer decreto la Junta de gobierno daba cabida sólo a una representante de cada órgano auxiliar, hoy día con la Ley 181, la Junta de Gobierno incluye a catorce mujeres, siete de cada uno de los consejos consultivo y social, con voz y voto.
Otro cambio importante es en su estructura operativa interna, ya que la anteriormente denominada Directora General, que contaba con ese nivel en el tabulador de puestos del Gobierno del Estado, la Ley 181 transforma la Dirección en Coordinación Ejecutiva, con nivel de Sub Secretaría.
En cuanto a su nombramiento, la otrora designación directa por el Ejecutivo, hoy día se modifica por una elección abierta, por medio de una convocatoria pública en donde las aspirantes participan y compiten con su trayectoria y plan de trabajo propuesto para realizar en caso de ser electas.
Mientras que en sus inicios el ISM contaba solamente con un Consejo consultivo, cuyas integrantes eran invitadas y definidas por la Junta de Gobierno, en la Ley 181 se contemplan dos consejos. Uno es el Consultivo y otro el Social.
BO Decreto de creación del ISM, 13 octubre de 1998 |
Las integrantes son electas vía convocatoria pública, y se someten a escrutinio de la Junta de Gobierno, la cual deberá de aprobar curriculum y trayectoria, o rechazar a la aspirante.
Lo cierto es que la Ley 181 del Instituto Sonorense de las Mujeres, ha transformado algunos aspectos. Quienes la propusieron, analizaron, consensaron con la parte gubernamental que proponía una iniciativa distinta, buscaban ciudadanizar al ISM.
Ese objetivo todavía no se ha logrado, ya que la política vertical emanada desde Secretaría de Gobierno, aunado al presupuesto limitado, no permite una convocatoria amplia a todos los sectores de mujeres para que participen en la construcción de la política de igualdad de acuerdo a sus propias necesidades.
Sin duda, con la aprobación de una Ley que le da vida, la mayor ganancia es que también le da certeza. A seis años de la Ley 181, del Instituto Sonorense de las Mujeres, también se advierten lagunas y omisiones en el propio texto de la legislación, por lo que se avizoran propuestas ciudadanas de reforma, que realmente logren la ciudadanización, tal como se concibió desde el principio.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario