Silvia
Núñez Esquer
Recientemente
se aprobó la Ley de protección animal para el Estado de Sonora. Entre otras
cosas, esta
norma prohíbe las corridas de toros y las peleas de perros. A la
autoridad le otorga la responsabilidad de crear albergues temporales para
protección de los animales ante una amenaza que ponga en riesgo su integridad o
su vida. En su
motivación la nueva ley argumenta: “A los animales, a todos ellos les
debemos un trato sin crueldad. Está visto que los animales son en muchas
ocasiones víctimas de emociones y pasiones humanas injustificadas, que a la vez
que lastiman a los animales degradan la naturaleza de los hombres; por esto es
necesario dictar normas de protección y defensa de los animales que sin
posibilidades propias de defensa son objeto de negligencia, desinterés,
explotación y crueldad”. Esta misma reflexión podría ser válida para lo que
ocurre cuando un hombre maltrata con crueldad a una mujer, muchas veces siendo
su pareja, para exigirle que responda
“como mujer”, y en algunas otras, la acción puede ocurrir justo antes de
privarla de la vida. Esto ha sido argumentado anteriormente por las
organizaciones que pugnamos porque se tipifique el feminicidio en Sonora. Continúa información
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