Evalúan alcances de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia
Marcela Lagarde y representantes de ong’s enriquecieron el diálogo
Silvia Núñez Esquer
Hermosillo, Sonora, 14 agosto 07.- El desconocimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es el principal obstáculo para que la mayoría de los estados no hayan retomado aún esta norma, manifestó la Antropóloga Marcela Lagarde y de los Ríos, ex presidenta de la Comisión Especial de feminicidios en la LIX legislatura, y principal impulsora de la Ley.
Al participar en la Mesa de diálogo sobre Alcances de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia LAMVLV, realizada en esta ciudad enlas instalaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, explicó que sólo cuatro estados han aprobado su propia ley, y que tiene confianza en que Sonora cuente muy pronto con una ley muy completa pues seguramente retomará lo mejor de cada una de las tres iniciativas que existen al respecto en la entidad.
En su intervención, opinó que es una pena que las autoridades no han distribuido la ley y que ni siquiera la conocen. Agregó que se han banalizado algunos aspectos de la ley. La nombran como una ley federal cuando no lo es, en cambio es una ley general. Es un marco normativo que puede institucionalizar la ley relativa a violencia y sobre todo, otorga mecanismos de acceso al disfrute de un derecho.
Dio a conocer que el nombre de la ley se debe a que la clave para combatir la discriminación y la desigualdad es construir los mecanismos de acceso, ya que si no los hay de nada sirve una ley.
Narró que cuando diseñaron esta ley querían que nombrara a todas las mujeres por eso no se llama “de la mujer” sino de las mujeres. Con ello se coloca a las mujeres como sujeto político y en este caso como sujeto jurídico. Es la única ley que tiene como sujeto a la mujer, subrayó. Explicó que armoniza instrumentos jurídicos internacionales ya que México tiene más de treinta recomendaciones internacionales para que armonice sus leyes referentes a violencia hacia las mujeres.
Otra de las aportaciones de esta ley es que protege el derecho a una vida libre de violencia. Contempla el reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y las libertades de las mujeres. Esto incluye la integridad física y psíquica y moral, libertad y seguridad, no ser sometida a tortura, que se respete la dignidad inherente a su persona y a que se proteja a su familia. Igualdad de protección ante la ley, libertad de asociación, igualdad de acceso a las funciones públicas del país y a participar en los asuntos públicos incluyendo la toma de decisiones.
Es también un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes que amparan a las mujeres contra actos que violan sus derechos. Por ello, también deberá impactar los códigos penal y civil para efectos de procedimientos y sanciones.
La LAMVLV por primera vez refleja el grado de complejidad que significa la violencia hacia las mujeres. Es por eso que define combinaciones entre tipos y modalidades de violencia. Muchas mujeres sufren varias de estas combinaciones. Así define los tipos de violencia: física, psicológica, patrimonial, económica y sexual, Y por ámbito, define las modalidades: familiar, laboral y docente, comunitaria, institucional y feminicida.
Marcela Lagarde y representantes de ong’s enriquecieron el diálogo
Silvia Núñez Esquer
Hermosillo, Sonora, 14 agosto 07.- El desconocimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es el principal obstáculo para que la mayoría de los estados no hayan retomado aún esta norma, manifestó la Antropóloga Marcela Lagarde y de los Ríos, ex presidenta de la Comisión Especial de feminicidios en la LIX legislatura, y principal impulsora de la Ley.
Al participar en la Mesa de diálogo sobre Alcances de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia LAMVLV, realizada en esta ciudad enlas instalaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, explicó que sólo cuatro estados han aprobado su propia ley, y que tiene confianza en que Sonora cuente muy pronto con una ley muy completa pues seguramente retomará lo mejor de cada una de las tres iniciativas que existen al respecto en la entidad.
En su intervención, opinó que es una pena que las autoridades no han distribuido la ley y que ni siquiera la conocen. Agregó que se han banalizado algunos aspectos de la ley. La nombran como una ley federal cuando no lo es, en cambio es una ley general. Es un marco normativo que puede institucionalizar la ley relativa a violencia y sobre todo, otorga mecanismos de acceso al disfrute de un derecho.
Dio a conocer que el nombre de la ley se debe a que la clave para combatir la discriminación y la desigualdad es construir los mecanismos de acceso, ya que si no los hay de nada sirve una ley.
Narró que cuando diseñaron esta ley querían que nombrara a todas las mujeres por eso no se llama “de la mujer” sino de las mujeres. Con ello se coloca a las mujeres como sujeto político y en este caso como sujeto jurídico. Es la única ley que tiene como sujeto a la mujer, subrayó. Explicó que armoniza instrumentos jurídicos internacionales ya que México tiene más de treinta recomendaciones internacionales para que armonice sus leyes referentes a violencia hacia las mujeres.
Otra de las aportaciones de esta ley es que protege el derecho a una vida libre de violencia. Contempla el reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y las libertades de las mujeres. Esto incluye la integridad física y psíquica y moral, libertad y seguridad, no ser sometida a tortura, que se respete la dignidad inherente a su persona y a que se proteja a su familia. Igualdad de protección ante la ley, libertad de asociación, igualdad de acceso a las funciones públicas del país y a participar en los asuntos públicos incluyendo la toma de decisiones.
Es también un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes que amparan a las mujeres contra actos que violan sus derechos. Por ello, también deberá impactar los códigos penal y civil para efectos de procedimientos y sanciones.
La LAMVLV por primera vez refleja el grado de complejidad que significa la violencia hacia las mujeres. Es por eso que define combinaciones entre tipos y modalidades de violencia. Muchas mujeres sufren varias de estas combinaciones. Así define los tipos de violencia: física, psicológica, patrimonial, económica y sexual, Y por ámbito, define las modalidades: familiar, laboral y docente, comunitaria, institucional y feminicida.
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